{"id":907,"date":"2021-02-08T07:30:43","date_gmt":"2021-02-08T06:30:43","guid":{"rendered":"https:\/\/eldiariodelaeducacion.com\/porotrapoliticaeducativa\/?p=907"},"modified":"2024-08-21T16:50:55","modified_gmt":"2024-08-21T14:50:55","slug":"la-lomloe-y-el-derecho-a-la-educacion-inclusiva-por-otra-politica-educativa-foro-de-sevilla","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/eldiariodelaeducacion.com\/porotrapoliticaeducativa\/2021\/02\/08\/la-lomloe-y-el-derecho-a-la-educacion-inclusiva-por-otra-politica-educativa-foro-de-sevilla\/","title":{"rendered":"La LOMLOE y el derecho a la educaci\u00f3n inclusiva"},"content":{"rendered":"<p>Una semana despu\u00e9s de la entrada en vigor de la nueva ley educativa, la LOMLOE, quiz\u00e1 sea un buen momento para reflexionar sobre algunos de los cambios que propone, lo que muchas personas esper\u00e1bamos de ella, y lo que ha dejado en el tintero en lo referente a eso que se ha venido a llamar educaci\u00f3n inclusiva. Este no pretende ser un an\u00e1lisis exhaustivo de toda la ley, ni abordar temas ya tratados en este y otros lugares, sino hacer una reflexi\u00f3n sobre uno de los temas centrales del texto.<\/p>\n<p>Que la nueva ley iba a ser positiva con la sola derogaci\u00f3n de la <em>Ley Org\u00e1nica para la Mejora de la Calidad Educativa<\/em> (LOMCE, 2013, tambi\u00e9n conocida como Ley Wert) resultaba evidente, ya que esta supon\u00eda un claro paso atr\u00e1s en equidad, y un cambio de rumbo en el que el sistema educativo se pon\u00eda abiertamente al servicio del mercado. Partiendo de ese hecho, revisar la nueva ley educativa nos permite ver el alcance de algunas de nuestras aspiraciones y el verdadero impulso educativo que nuestros representantes pol\u00edticos han estado dispuestos a desarrollar en esta ocasi\u00f3n. La LOMLOE es un paso adelante que, por otra parte, no deja de ser una \u201cvuelta a la casilla de salida\u201d, a donde est\u00e1bamos antes de la Ley Wert. Es decir, se trata de una derogaci\u00f3n para volver a la LOE (de ah\u00ed su nombre: LOMLOE, <em>Ley Org\u00e1nica de Modificaci\u00f3n de la LOE<\/em>), aunque sea enriquecida y corregida. Algo as\u00ed como un <em>d\u00e9j\u00e0 vu<\/em> que nos devuelve al 2006 quince a\u00f1os despu\u00e9s. Sin embargo, no es tan claro que ese fuera el mejor lugar desde el que partir.<\/p>\n<p>Atendiendo al contenido de la nueva ley, se puede comprobar un fuerte motor que la moviliza, constituido por las directrices de la pol\u00edtica educativa internacional materializada particularmente en la <em>Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible<\/em> en lo relativo a la educaci\u00f3n. Esto, por su parte, se sustenta en la LOMLOE con la adopci\u00f3n del enfoque de derechos de la infancia en los principios rectores del sistema educativo y, derivado de ello, la eliminaci\u00f3n de diferentes formas de discriminaci\u00f3n en la escuela y el impulso de la igualdad. El texto se asienta en varias ocasiones en la <em>Convenci\u00f3n sobre los Derechos del Ni\u00f1o<\/em> de Naciones Unidas (1989), reconociendo el inter\u00e9s superior del menor, su derecho a la educaci\u00f3n y la obligaci\u00f3n que tiene el Estado de asegurar el cumplimiento efectivo de sus derechos. Por otra parte, hace referencia a las <em>Observaciones Generales<\/em> del Comit\u00e9 de Derechos del Ni\u00f1o y a los <em>Protocolos Facultativos<\/em>, lo que sit\u00faa en el lugar que les corresponde a los \u00f3rganos leg\u00edtimos de interpretaci\u00f3n de las Convenciones de Naciones Unidas (los diferentes Comit\u00e9s), y a los instrumentos que refuerzan las convenciones (desarrollos que los Comit\u00e9s realizan para interpretar cada Convenci\u00f3n).<\/p>\n<p>Todo ello muestra un claro inter\u00e9s por legislar de acuerdo con los instrumentos internacionales de derechos humanos, especialmente los referidos a derechos de la infancia, derechos de las personas con discapacidad y eliminaci\u00f3n de toda forma de discriminaci\u00f3n contra la mujer. Por tanto, un importante avance de esta ley es el de hacer suyos los instrumentos de derechos humanos. Esto tiene una especial importancia porque la realidad de las escuelas es enormemente ajena a la Carta de los Derechos Humanos, a pesar de que forme parte de la materia que ense\u00f1a desde el a\u00f1o 2002. Esta paradoja es una de tantas que se producen dentro de los sistemas educativos: proclamar algo mientras se hace lo contrario. As\u00ed, en las escuelas a menudo se ense\u00f1a la colaboraci\u00f3n mientras el sistema es altamente competitivo; la igualdad a la vez que se clasifica a la infancia; la democracia mientras se limita la participaci\u00f3n real; la justicia social a la par que se anticipan las desigualdades de la producci\u00f3n y el mercado, la capacidad cr\u00edtica a trav\u00e9s de la obediencia y la memorizaci\u00f3n sin sentido. Esto mismo es lo que ocurre con los derechos humanos, que ense\u00f1amos al alumnado a la vez que les escolarizamos de forma contraria a ellos.<a href=\"#_edn1\" name=\"_ednref1\"><sup><strong>1<\/strong><\/sup><\/a>\u00a0Hablar, por ejemplo, de la <em>Convenci\u00f3n de los Derechos de las Personas con Discapacidad<\/em> ratificada por Espa\u00f1a en 2008 y sus implicaciones educativas en la inmensa mayor\u00eda de los centros escolares es como hablar en otro idioma. Por eso cobra una relevancia especial que la nueva ley educativa proclame desde su art\u00edculo primero la equidad, la inclusi\u00f3n educativa y la accesibilidad universal como principios de la educaci\u00f3n, remiti\u00e9ndose a las citadas Convenciones de Naciones Unidas. Esto incorpora en la Ley Org\u00e1nica de Educaci\u00f3n los planteamientos ratificados en ellas. Y la LOMLOE no ser\u00e1 un texto desconocido en las escuelas, externo a la regulaci\u00f3n del sistema educativo, sino todo lo contrario: se trata del principal texto que regula la educaci\u00f3n en todo el estado. Y en este sentido no deja lugar a la ambig\u00fcedad:<\/p>\n<p style=\"padding-left: 40px\">\u00abLa adopci\u00f3n de estos enfoques tiene como objetivo \u00faltimo reforzar la equidad y la capacidad inclusiva del sistema, cuyo principal eje vertebrador es la educaci\u00f3n comprensiva. Con ello se hace efectivo <strong>el derecho a la educaci\u00f3n inclusiva como derecho humano<\/strong> para todas las personas, reconocido en la Convenci\u00f3n sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, ratificada por Espa\u00f1a en 2008, para que este derecho llegue a aquellas personas en situaci\u00f3n de mayor vulnerabilidad\u00bb. (LOMLOE, BOE 340, de 30\/12\/2020, pp. 122871-122872, el subrayado es nuestro)<\/p>\n<p>Es el derecho a la educaci\u00f3n sin las restricciones que ha tenido hasta el momento. La nueva ley educativa convierte el derecho a la educaci\u00f3n en el derecho a la educaci\u00f3n inclusiva, y lo hace en el marco de interpretaci\u00f3n de la Convenci\u00f3n:<\/p>\n<p style=\"padding-left: 40px\">\u00abGarantizar el derecho a la educaci\u00f3n inclusiva conlleva una <strong>transformaci\u00f3n de la cultura, la pol\u00edtica y la pr\u00e1ctica en todos los entornos educativos formales e informales para dar cabida a las diferentes necesidades e identidades de cada alumno, as\u00ed como el compromiso de eliminar los obst\u00e1culos que impiden esa posibilidad<\/strong>. Tambi\u00e9n entra\u00f1a el fortalecimiento de la capacidad del sistema educativo para llegar a todos los alumnos. Adem\u00e1s, la participaci\u00f3n plena y efectiva, la accesibilidad, la asistencia y el buen rendimiento acad\u00e9mico de todos los alumnos, en particular de aquellos que, por diferentes razones, est\u00e1n en situaci\u00f3n de exclusi\u00f3n o pueden ser objeto de marginaci\u00f3n, ocupan un lugar central a la hora de garantizar el derecho a la educaci\u00f3n inclusiva. [\u2026] Requiere adem\u00e1s una profunda transformaci\u00f3n de los sistemas educativos en las esferas de la legislaci\u00f3n, las pol\u00edticas y los mecanismos para financiar, administrar, dise\u00f1ar, impartir y supervisar la educaci\u00f3n\u00bb. (Comit\u00e9 sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de la ONU, Observaci\u00f3n General N\u00ba4, p. 3. Recuperado de <a href=\"https:\/\/bit.ly\/2KS8MBL\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">https:\/\/bit.ly\/2KS8MBL<\/a>, el subrayado es nuestro)<\/p>\n<p>Por todo ello, el reconocimiento de la educaci\u00f3n inclusiva como derecho humano parte de la reclamaci\u00f3n del colectivo de personas nombradas por la discapacidad que viene siendo discriminado y segregado del sistema general de educaci\u00f3n, pero se convierte en un derecho para todo el alumnado: el alumnado inmigrante, el alumnado en desventaja por bajos recursos, el alumnado de minor\u00edas \u00e9tnicas\u2026 y toda la poblaci\u00f3n, ya que la educaci\u00f3n inclusiva es la apuesta por hacer las escuelas amables para todo el alumnado, respetuosas con las singularidades y comprometidas con la construcci\u00f3n de sociedades m\u00e1s justas a trav\u00e9s de la educaci\u00f3n.<\/p>\n<p>La <em>Disposici\u00f3n adicional cuarta<\/em> de la ley que tanta pol\u00e9mica ha suscitado, referida a la \u201cevoluci\u00f3n de la escolarizaci\u00f3n del alumnado con necesidades educativas especiales\u201d, parte de este imperativo legal que, aunque hayamos sido ajenos a \u00e9l en nuestros centros, acumula m\u00e1s de 12 a\u00f1os de incumplimiento por parte de los poderes p\u00fablicos. Y no se trata de un incumplimiento cualquiera, sino de la vulneraci\u00f3n de un derecho humano fundamental, como lo es el derecho a la alimentaci\u00f3n o a la vivienda. Pero est\u00e1 ocurriendo en nuestras escuelas (\u00a1en las escuelas!) con ni\u00f1os y ni\u00f1as. La disposici\u00f3n muestra un plan para que \u201clos centros ordinarios cuenten con los recursos necesarios para poder atender en las mejores condiciones al alumnado con discapacidad\u201d en un plazo de 10 a\u00f1os. Es decir, se da una d\u00e9cada para hacer efectivo el derecho \u201ca una educaci\u00f3n inclusiva y de calidad\u201d, que se a\u00f1ade a los derechos del alumnado a trav\u00e9s de una modificaci\u00f3n de la <em>Ley Org\u00e1nica que regula el Derecho a la Educaci\u00f3n<\/em> (LODE, 1985). Esto es coherente con el reconocimiento del \u201cinter\u00e9s superior del menor\u201d, ya que se trata de un derecho fundamental que pertenece al ni\u00f1o o la ni\u00f1a: ni a la familia, ni a las escuelas, ni a la administraci\u00f3n educativa.<\/p>\n<p>De lo que llevamos hasta aqu\u00ed cabr\u00eda pensar que se trata de una ley que viene a revolucionar el sistema educativo para que todo el alumnado pueda aprender, participar y progresar unido en las mismas aulas y escuelas, pero han quedado demasiadas cosas en el aire, y una cuesti\u00f3n b\u00e1sica evidencia el car\u00e1cter de esta ley: un sistema educativo inclusivo, que ha de revertir entre otras realidades la segregaci\u00f3n hist\u00f3rica de personas en base a la discapacidad, no se regula con un p\u00e1rrafo de una disposici\u00f3n adicional. Supone la reelaboraci\u00f3n y el cuestionamiento de lo que hasta ahora ha permitido esta discriminaci\u00f3n en nuestras escuelas sin que nos despeinemos: las formas habituales de organizaci\u00f3n, las metodolog\u00edas did\u00e1cticas, la rigidez y estructura del curriculum, el desarrollo de la participaci\u00f3n y la democracia en las escuelas, la formaci\u00f3n inicial y permanente del profesorado, los materiales y el poder de las editoriales en la homogeneizaci\u00f3n de los procesos de ense\u00f1anza-aprendizaje, los modelos predominantes de investigaci\u00f3n pedag\u00f3gica sin compromiso con la transformaci\u00f3n, el papel de la innovaci\u00f3n en nuestras escuelas, las ratios, la escasa autonom\u00eda de los centros\u2026 Por tanto, todo queda pendiente de los desarrollos que se realicen de esta ley, de la financiaci\u00f3n, y de lo que las autonom\u00edas y las escuelas en particular vayan desarrollando dentro de este marco.<\/p>\n<p>Esto es lo m\u00e1s cuestionable: el marco ha sido, respecto a lo que la misma ley establece como derecho fundamental, tremendamente flexible. El art\u00edculo 74.1, referido a las modalidades de escolarizaci\u00f3n excluyentes (en unidades y centros de educaci\u00f3n especial), ha quedado intacto. Y esto es simple: si existe la posibilidad de derivar, seguir\u00e1n llen\u00e1ndose esos espacios segregados, porque para algo est\u00e1n. Las familias ser\u00e1n ahora preceptivamente o\u00eddas e informadas, algo limitado previamente por la propia LOE, que imped\u00eda que los padres, madres o tutores pudieran cuestionar los dict\u00e1menes de escolarizaci\u00f3n de sus hijos o hijas. Es decir, en este caso el <em>D\u00e9j\u00e0 vu<\/em> nos lleva a 1990. Parece lamentable que la protecci\u00f3n de un derecho humano fundamental mantenga los mismos procedimientos de hace 30 a\u00f1os, y m\u00e1s a\u00fan que se presente como un logro alcanzado. No hablemos ya de la lamentable campa\u00f1a desarrollada durante el \u00faltimo a\u00f1o en contra de la educaci\u00f3n inclusiva, que la situaba como una amenaza para el alumnado m\u00e1s vulnerable. Una patronal de escuelas privadas de educaci\u00f3n especial mintiendo a la opini\u00f3n p\u00fablica y asustando a las familias para proteger y relanzar su mercado, con el apoyo de medios de comunicaci\u00f3n y partidos pol\u00edticos de la derecha, y los complejos de los partidos de izquierda. Un espect\u00e1culo que ha sido lamentable, pero que no deja de ser una an\u00e9cdota en la lucha por hacer realmente p\u00fablicas las escuelas.<\/p>\n<p>Porque s\u00ed, la escuela com\u00fan, en la que todos los ni\u00f1os y ni\u00f1as aprenden a vivir juntos, se construye impidiendo la separaci\u00f3n de la infancia. Oblig\u00e1ndose a aprender a ser escuela de otra forma, que no suponga el destierro de las diferencias. Por eso, y aunque la laxitud de la LOMLOE no impida la segregaci\u00f3n, s\u00ed que se pone un horizonte de trabajo que parte del reconocimiento de que las escuelas comunes no son de nadie, sino de cualquier ni\u00f1o o ni\u00f1a, sin restricci\u00f3n de ning\u00fan tipo. Y aqu\u00ed entran en juego los pr\u00f3ximos desarrollos legales, pero tambi\u00e9n la creatividad social y pol\u00edtica de nuestras propias escuelas y colectivos. Estamos obligados a responder con valent\u00eda ante los retos que nos suponen las escolarizaciones que tan injustamente hemos venido haciendo con justificaciones de todo tipo. Pero ninguna de ellas puede ponerse por encima del derecho a la educaci\u00f3n de un ni\u00f1o o una ni\u00f1a, ahora reconocido en el principal texto legal sobre educaci\u00f3n en Espa\u00f1a. La pregunta no puede seguir siendo d\u00f3nde escolarizar a cada chico o chica, sino c\u00f3mo podemos hacer para que nuestras escuelas sean siempre las escuelas de cualquiera.<\/p>\n<p>En una serie de conversaciones de la ciudadan\u00eda acerca de la educaci\u00f3n inclusiva<a href=\"#_edn2\" name=\"_ednref2\"><sup><strong>2<\/strong><\/sup><\/a>\u00a0desarrolladas en la red durante los meses de mayo y junio del pasado a\u00f1o, emergieron un conjunto de an\u00e1lisis y propuestas para contribuir a la construcci\u00f3n de una escuela para todos y todas. Las conversaciones tuvieron un fuerte calado pol\u00edtico y propositivo, especialmente las que mantuvieron estudiantes y familias. A pesar de que no pretend\u00edan influir en la construcci\u00f3n de la ley educativa, podr\u00edan haber alimentado una ley decididamente vinculada a la educaci\u00f3n inclusiva y la democracia escolar. Sus planteamientos siguen, hoy, teniendo plena utilidad para la construcci\u00f3n de pol\u00edticas educativas en las diferentes autonom\u00edas, pero tambi\u00e9n para el desarrollo de micropol\u00edticas en las escuelas. Un sistema educativo comprometido con la inclusi\u00f3n y la equidad tiene que garantizar la escolarizaci\u00f3n de todos los ni\u00f1os y ni\u00f1as en los mismos centros y aulas; ha de eliminar los dict\u00e1menes de escolarizaci\u00f3n y modificar los procedimientos de elaboraci\u00f3n de los informes psicopedag\u00f3gicos; requiere flexibilizar el curriculum y favorecer la autonom\u00eda de los centros, con el garante de los derechos humanos; necesita avanzar en la construcci\u00f3n de comunidades de aprendizaje, y concebir los centros como espacios de vida y convivencia; est\u00e1 obligado a crear espacios de trabajo colaborativo e intercambio dial\u00f3gico entre familias, alumnado y docentes; requiere el acercamiento de la formaci\u00f3n inicial y permanente del profesorado a la realidad de los centros educativos; y trabaja por la dignificaci\u00f3n de la profesi\u00f3n docente, dot\u00e1ndoles de los apoyos y recursos necesarios para hacer sus lugares de trabajo m\u00e1s inclusivos.<\/p>\n<p>Una \u00faltima reflexi\u00f3n. Algunos cambios parecen imposibles, y a menudo nos vemos a nosotros mismos como agentes insignificantes ante la inmensidad de las necesarias transformaciones, de las manipulaciones de esta \u00e9poca y del inaccesible poder. Pero en procesos como el narrado, las personas encuentran y construyen sus propios discursos, y evidencian y denuncian la exclusi\u00f3n en lugar de enredarse en lenguajes pol\u00edticamente correctos que desarticulan cualquier propuesta que revolucione el sistema. Esos discursos genuinos son poderosos, porque les asiste la raz\u00f3n, la emoci\u00f3n y la justicia. Una de esas elaboraciones la hizo llegar Ant\u00f3n, un estudiante de la ESO, al preguntarle a la Ministra de Educaci\u00f3n p\u00fablicamente: \u201c\u00bfPor qu\u00e9 los alumnos con diversidad funcional no consiguen el t\u00edtulo de la ESO y hay tan pocos en la Universidad?\u201d<a href=\"#_edn3\" name=\"_ednref3\"><sup><strong>3<\/strong><\/sup><\/a>\u00a0La ministra se comprometi\u00f3 con \u00e9l, y la LOMLOE recoge por primera vez en una ley educativa que las adaptaciones curriculares no podr\u00e1n seguir impidiendo la promoci\u00f3n o la titulaci\u00f3n. Un chico ante una realidad vergonzante que ven\u00edamos sosteniendo sin pudor.<\/p>\n<p>Nos queda seguir empujando desde nuestros lugares para comprometer acciones que nos acerquen continuamente a ese futuro deseable. El incremento de la inversi\u00f3n en educaci\u00f3n para este a\u00f1o da muestra de una clara valoraci\u00f3n al alza de un sistema educativo que se muestra especialmente importante en \u00e9pocas de crisis como la actual. De cu\u00e1nto y c\u00f3mo se invierta en educaci\u00f3n durante los pr\u00f3ximos a\u00f1os depender\u00e1 buena parte de este proyecto. Pero tambi\u00e9n de nuestro trabajo y compromiso con una escuela que haga valer el derecho de toda la infancia, exigiendo a los poderes p\u00fablicos y gestionando de otro modo nuestro poder dentro de las instituciones educativas.<\/p>\n<p>________________<\/p>\n<p><sup><a href=\"#_ednref1\" name=\"_edn1\"><strong>[1]<\/strong><\/a> <a href=\"http:\/\/tbinternet.ohchr.org\/_layouts\/treatybodyexternal\/Download.aspx?symbolno=CRPD\/C\/20\/3&amp;Lang=en\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">http:\/\/tbinternet.ohchr.org\/_layouts\/treatybodyexternal\/Download.aspx?symbolno=CRPD\/C\/20\/3&amp;Lang=en<\/a><br \/>\n<\/sup><sup><a href=\"#_ednref2\" name=\"_edn2\"><strong>[2]<\/strong><\/a> <a href=\"https:\/\/www.ignaciocalderon.uma.es\/conversaciones-escuela-inclusiva\/\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">https:\/\/www.ignaciocalderon.uma.es\/conversaciones-escuela-inclusiva\/<\/a><br \/>\n<\/sup><sup><a href=\"#_ednref3\" name=\"_edn3\"><strong>[3]<\/strong><\/a> <a href=\"https:\/\/youtu.be\/az_UO01g6VY\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">https:\/\/youtu.be\/az_UO01g6VY<\/a><\/sup><\/p>\n<h6 style=\"text-align: right\"><strong><em>Ignacio Calder\u00f3n Almendros<\/em><\/strong>. Universidad de M\u00e1laga<\/h6>\n<p>&nbsp;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Una semana despu\u00e9s de la entrada en vigor de la nueva ley educativa, la LOMLOE, quiz\u00e1 sea un buen momento para reflexionar sobre algunos de los cambios que propone, lo que muchas personas esper\u00e1bamos de ella, y lo que ha dejado en el tintero en lo referente a eso que se ha venido a llamar<\/p>\n","protected":false},"author":211,"featured_media":913,"comment_status":"open","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[18],"tags":[48,49,30,17,26],"tipo":[96],"class_list":{"0":"post-907","1":"post","2":"type-post","3":"status-publish","4":"format-standard","5":"has-post-thumbnail","7":"category-por-otra-politica-educativa","8":"tag-convencion-sobre-los-derechos-del-nino","9":"tag-educacion-inclusiva","10":"tag-lomloe","11":"tag-politicas-educativas","12":"tag-reformas-educativas","13":"tipo-analisis"},"yoast_head":"<!-- This site is optimized with the Yoast SEO plugin v27.2 - https:\/\/yoast.com\/product\/yoast-seo-wordpress\/ -->\n<title>La LOMLOE y el derecho a la educaci\u00f3n inclusiva - Por otra pol\u00edtica educativa. 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