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«Prevención e integralidad», asegura Andrés Conde, responsable de la ONG Save the Children. Estas son las dos características principales para la organización que dirige de la futura ley de protección de la infancia y la adolescencia que se vota en el Pleno del Congreso. Todavía hay enmiendas vivas que tendrán que dirimirse en las próximas horas y, por delante, también las que puedan plantearse en el Senado. Debido a su trámite de urgencia, la organización espera que pueda entrar en vigor en el mes de junio.
Save the Children considera más que necesaria una ley integral que prevenga las posibles formas de violencia en los diferentes escenarios en los que se mueve la infancia: el hogar, los centros educativos, pero también los espacios de ocio o deportivos, por ejemplo. Es una de las claves del texto legal que ha concitado, en buena medida, los apoyos de las diferentes formaciones políticas del arco parlamentario.
Andrés Conde, en rueda de prensa, ha enumerado algunas de las razones que hacen necesaria este texto legal. Entre ellas el hecho e que cada año se producen alrededor de 38.000 casos de violencia contra la infancia y la adolescencia o que el 42% de los delitos contra la libertad sexual de las personas, contabilizados en denuncias ante la Policía, tienen a menores como víctimas. La «punta del iceberg», asegura Conde, puesto que la mayoría de los casos no llegan a ser denunciados. También esgrimen desde la ONG los efectos que estas violencias dejan sobre las y los niños y adolescentes y, además, como herramienta para que este colectivo haga frente ante lo que Conde ha llamado «tolerancia social» ante los casos de violencia que las y los menores sufren cada día.
Catalina Perazzo, responsable de infancia de Save the Children enumera algunas de las novedades importantes que recogerá una de las primeras legislaciones sobre violencia contra la infancia de Europa. La creación de un registro unificado de casos que ayude a tener una estadística razonable (hoy por hoy la falta de datos es una de las características principales de la violencia contra la infancia) que ayude, además a realizar un seguimiento de los casos y así pueda realizarse una coordinación en su respuesta.
También ha destacado el hecho de que las y los menores tendrán derecho a plantear denuncias, sin que en el proceso se entre en valoraciones sobre el grado de madurez y se generen adaptaciones para que el sistema de protección oiga los hechos directamente de las y los niños; el aumento del plazo de preescripción, de manera que una vez aprobada las denuncias puedan ser presentadas hasta los 30 años de edad del demandante (ahora es solo hasta los 18); el deber de denuncia para que no caigan en el silencio los casos que cualquiera pueda conocer, o el anuncio de la redacción de una ley para la especialización de los juzgados y la fiscalía en estos casos.
Uno de los puntos más importantes y que la oenegé lleva años defendiendo es la puesta en marcha de la prueba preconstituida hasta la edad de 14 años. Se trata de que, cuando el o la menor denuncie, se grabe la declaración para evitar que en momentos posteriores de la investsigación tenga que revivir insistentemente los hechos y se produzcan procesos de revictimización.
Coordinadora de bienestar
Una de las clave, dentro de lo que se refiere al sistema educativo, que impondrá la ley integral se refiere a la creación de la figura de coordinadora o coordinador de bienestar en los centros. Esta figura será obligatoria y tendrá que haber uno por centro.
Para Alicia Sanjuán, experta en protección infantil de la organización, «lo importante de esta figura de coordinaciónes que tengan los recursos y la formación suficientes para ejercer sus funciones». La propuesta de Save the Children es que estas figuras sean de personas integradas en el centro educativo, con la formación suficiente y entorno a las que exista una financiación en los centros educativos.
Al ser una ley ogánica, deja cierta capacidad de maniobra a las administraciones autonómicas para que desarrollen, por una parte, sus funciones y los requisitos que deberán cumplir, aunque se marcan las mínimas en el propio texto. Entre ellas, la ayuda en la redacción y evaluación de los diferentes protocolos que se pongan en marcha en el centro en relación a la violencia y la convivencia.
Los 17 territorios tienen realidades diferentes, por lo que, entiende Sanjuán, es razonable que tengan autonomía para decidir y organizar estas nuevas figuras. Eso sí, opina que la clave de todo está en el diagnóstico que se haga de las situaciones según la Estrategia de erradicación de la violencia sobre la infancia y la adolescencia, otra novedad dentro de la ley.
La nueva ley impone, al menos, algunos de los objetivos que ha de perseguir este coordinador de bienestar en los centros, más allá de que las comunidades puedan otorgarle más. Entre otras cosas tendrá que promover la formación en relación a la prevención, detección precoz y protección entre el personal de los centros y la familias; la coordinación con los servicios sociales; la promoción de medidas sobre bienestar; el fomento de la resolución pacífica de conflictos; la información sobre los protocolos a todo el personal del centro educativo; la elaboración y evaluación, junto a la dirección escolar, del plan de convivencia; el contacto con las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado, o el fomento de la alimentación saludable en el centro.
Puntos de mejora
A pesar de que desde Save the Children han mostrado su satisfacción con el texto legal, esperan que de aquí a que se termine el trámite en el Senado puedan realizarse algunas mejoras.
Una de las más importantes es que no se considere autoridad pública al personal de servicios sociales que atienden a la familia y a la infancia. El motivo principal, según ha explicado Perazzo tiene que ver con no desequilibrar la balanza entre familias, menores y Administración pública. Si esta última tiene autoridad pública supone que los testimonios de su personal gozan de la presunción de veracidad, es decir, que ante la posibilidad de testomonios contradictorios, será el de las y los trabajadores sociales el que prevalezca. Para la ONG esto puede suponer problemas si con ello se pasa por alto la denuncia de algún menor o de su familia.
Junto a esto, también creen que es necesario que el texto defina más claramente el concepto de violencia ajustándolo a la definición que se hace en la Convención de Derechos de la Infancia de las Naciones Unidas, que habla de las violencias que conocemos y aquellas que vendrán en el futuro.
También piden que se aclare qué significa que los espacios de los menores sean lugares seguros; que se aclare cómo se aterrizarán las estrategias de erradicación de la violencia. Abogan por partir de algún diagnóstico basado en datos, que se establezca también un marco temporal para estas actuaciones y que se cuente con la participación de menores y sociedad civil en su redacción.
En relación a la prueba preconstituida, aunque es un avance importante que pueda existir obligatoriamente para las y los menores de 14 años, para Save the Children sería relevante que se retrasase hasta los 16 o, si esto no fuera posible, al menos, que se obligue al juez en cada caso, a explicar de forma motivada por qué no se acepta y por qué se obliga a declarar nuevamente al menor.