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Los debates sobre el estado de la Comunidad de Madrid no suelen darnos muchas noticias novedosas, aunque en el último algunas cuestiones sí lo fueron en el ámbito educativo, como la apuesta del Gobierno autonómico por la jornada partida, y otras que lo parecieron, pero que realmente no lo son, como el tema de los CEIPSO. Sobre la jornada escolar ya me pronuncié en mi anterior artículo, y nada añadiré en este momento, pero sí quiero trasladar algunas consideraciones sobre los CEIPSO y en ello me centro en el presente artículo.
Ayuso prohibirá la jornada continua en los nuevos CEIP a partir del curso 25-26
Lo primero será dejar claro que es un CEIPSO, porque en esta sociedad nos encontramos con muchos términos creados con las iniciales de las palabras encerradas en su interior. En educación es muy habitual, y perdemos con facilidad a los interlocutores en muchos debates, artículos, ponencias, e incluso normativas, porque damos por hecho que todo el mundo conoce nuestros términos. Por ejemplo, es común hablar de PT, AT, TGD, PISA, EOEP,… pero pregunten por lo que significan estas agrupaciones de iniciales y verán las caras de desconocimiento que se encuentran en la sociedad en general. En este sentido, debemos hacer un mayor esfuerzo por no dar por hecho las cosas, porque queremos que los demás se enteren, ¿no?
Un CEIPSO no es otra cosa que un centro educativo público que, teniendo etapas de educación infantil y primaria, recibe autorización para impartir también enseñanzas de educación secundaria. Es decir, pasa de ser un centro con alumnado desde los 3 años -ahora tenemos algunos también desde los cero- hasta los 12 años, a tener alumnado de más edad que no se marcha a un instituto para empezar la ESO (Educación Secundaria Obligatoria), sino que continúa en el mismo centro para realizar en éste sus dos primeros cursos, como mínimo.
Se dice que es un invento novedoso, pero no lo es
Hay quien ha descubierto la posible existencia de los CEIPSO el otro día, cuando la Presidencia de la Comunidad de Madrid anunció su apuesta por este tipo de centros, pero no nacieron con ese anuncio. En la Región llevan varios lustros funcionando en ese formato algunos centros; constan como tales 40 en este momento en el buscador de centros educativos de la Comunidad de Madrid. Y la primera normativa que los reguló, si la memoria no me falla y la hemeroteca no me desmiente, vio la luz en el año 2014 (texto de la orden). Por tanto, no es novedoso en la escuela pública.
Por otra parte, calificar como nuevo en la educación algo que es práctica común en toda la escuela privada, tanto concertada como no concertada es, cuando menos, un error de cálculo al criticar el anuncio. En la red privada, lo que tiene menos presencia es el formato de centros educativos 3-12. Argumentar que incluir la etapa 12-16 perjudicará al alumnado, debería pensarse dos veces, porque ello supondría etiquetar como perjudicial a la escuela privada. En mi opinión, esta red tiene muchos elementos criticables, pero este no sería uno cierto.
Se dice que las familias apoyan esta medida
Es cierto que muchas familias consideran que el alumnado de 11 y 12 años es muy pequeño para ir solo al instituto y que preferirían que permanecieran más tiempo en los colegios, y así lo expresan en determinados foros y reuniones. Pero no existen estadísticas que nos puedan indicar la magnitud de ese apoyo, como tampoco de lo contrario. En todo caso, ciertamente existe la reclamación de que los colegios públicos mantengan más cursos al alumnado en sus instalaciones.
Lo importante no es que exista esta demanda, sino los argumentos que se ponen encima de la mesa para justificarla. No es una cuestión menor la comentada anteriormente sobre la edad de cambio de centro, que expresa una preocupación entendible, sobre todo si ello lleva aparejado un mayor desplazamiento desde el domicilio al centro educativo.
Tampoco es un argumento irrelevante la pérdida del comedor escolar, que en los institutos públicos brillan por su ausencia. Este asunto no es solo importante por el lugar donde comer, para unos menores que pasan a ser en muchos casos del tipo “alumno-llave”, es decir, que comen solos al llegar a una casa vacía, sino también porque la existencia de este servicio es vital para poder optar a las becas de comedor, derecho que pierden las familias solo por el cambio de centro de sus hijas e hijos. A esto se une que llegan antes a casa, porque también pierden mayoritariamente las actividades extraescolares.
Ligado con el argumento de la edad, también se encuentra otro que ya no está referenciado en los desplazamientos, sino en la convivencia dentro del centro. La menor maduración y desarrollo físico del alumnado de los primeros cursos de la ESO les coloca en una posición de mayor fragilidad con relación al alumnado de los cursos posteriores. Una parte de los casos de acoso escolar se apoyan en esta diferencia, motivo por el que existen familias que ven con desagrado el cambio de centro a los 11 o 12 años. También una parte de ese alumnado lo vive con temor. No es algo que deba ser ignorado. Pero, cuidado, porque los conflictos por este asunto que desaparecen en los institutos pueden aparecer en los colegios, lo que obliga a estos a revisar sus procedimientos internos cuando pasan a ser CEIPSO.
Hay argumentos que las familias no van a creer, por más que se los repitan
La optatividad en la ESO. Se han lanzado algunos mensajes sobre que cursar primero y segundo de la ESO en los CEIPSO condiciona la optatividad del alumnado. No necesariamente debe ser así, pero, por otro lado, ya de por sí es bastante ficticia. No es el alumnado el que ejerce una optatividad real, sino los centros quienes la condicionan por su oferta, vinculada en buena medida a la composición de sus plantillas. Además, “las Administraciones educativas procurarán que los alumnos y alumnas de primero y segundo cursen un máximo de una materia más que las áreas que compongan el último ciclo de educación primaria” (artículo 24.4 de la Ley Orgánica 2/2006 de Educación). Siendo esto adecuado, para no añadir más dificultad al cambio de etapa, configura un escenario de poco margen de optatividad real en esos dos primeros cursos.
También se habla de una posible pérdida de la calidad de la enseñanza en esos dos cursos de la ESO si se realizan en los CEIPSO. Eso significaría que la calidad depende más del lugar donde se realicen que de cómo se impartan, lo que no está soportado por evidencia científica alguna conocida. Es más, esto significaría que los centros privados, concertados o no, tendrían una menor calidad de enseñanza vinculada solo al hecho de tener todas las etapas educativas, lo que también sería realizar afirmaciones gruesas no soportadas por los datos existentes. Incluso para un defensor a ultranza de la escuela pública como soy yo, este argumento es rechazable de forma absoluta, siempre que el sectarismo se descarte.
La propuesta sí debe ser observada con cautela, porque tiene flecos preocupantes
Aunque el Gobierno de la Comunidad de Madrid no lo diga, la extensión del formato de los CEIPSO, tal y como ha sido anunciada, tiene peligros ocultos y encierra una intencionalidad regresiva, según yo lo veo.
Lo más preocupante es la posible involución oculta. No sorprenderá leer ahora que la Comunidad busca siempre situaciones de enfrentamiento con el Gobierno central y, en el ámbito educativo, maneras de sortear la legislación básica. Su intento reiterado de volver al pasado, intentando recuperar viejos enfoques educativos, tiene uno de sus últimos actos sonados en la denominada Ley Maestra.
Ahora, puede intentar volver por esta vía al formato de unos centros con enseñanzas hasta los 14 años y otros con las posteriores, división que recuerda mucho al sistema educativo previo a la LOGSE, el regulado con la Ley General de 1970, por el que la enseñanza básica finalizaba precisamente a los 14 años. Si a esto la añadimos el intento con la última ley aprobada por el Partido Popular -la LOMCE- de recuperar la separación del alumnado mediante itinerarios segregadores tempranos, o también, por ejemplo, la configuración de una Formación Profesional Básica inicialmente pensada para expulsar tempranamente al alumnado con mayores necesidades específicas, deberemos estar muy alerta en los siguientes pasos que se den con esta iniciativa.
Aciertan quienes le han respondido a la presidencia de la Comunidad de Madrid diciendo que, en lugar de hablar solo de centros de 3-14 o 0-14, se hable en serio de centros 3-16 y 0-16, y también de 0-18. Yo siempre he apostado por estos últimos, vinculados a otras cuestiones organizativas, de recursos humanos y materiales, y de edad hasta la que llevar la obligatoriedad de la enseñanza, que ahora no abordaré. Y ese debe ser el objetivo: que los centros que se conviertan en CEIPSO no se queden solo con enseñanzas hasta segundo de la ESO, sino con la secundaria completa.
Es cierto que la situación de descenso continuado de la natalidad, por la que muchos centros de educación infantil y primaria ven caer curso tras curso su matriculación, ha dejado espacios libres para incorporar, por ejemplo, cursos de la ESO. Con ello, estos centros pueden ver más lejos la amenaza de su cierre y supresión, pero este descenso ya afecta a los centros de secundaria, y el efecto irá en aumento en los próximos años. Habrá que tener cuidado con no salvar ahora colegios cerrando después institutos, algo que puede suceder cuando, en lugar de escolarizar alumnado de cuatro cursos de la ESO y los dos del Bachillerato, terminen solo con cuatro cursos en total y dos de ellos no obligatorios.
Por tanto, no es una novedad, pero encierra muchos flecos que pudieran ser perversos para la escuela pública. Tendremos que afinar mucho quienes la defendemos para descubrirlos ante la sociedad madrileña sin recibir el rechazo de ésta, porque es muy probable que mayoritariamente ésta vea solo los lados positivos.