La Convención de Derechos de las Personas con Discapacidad fue ratificada por España en 2008. En ella se dicta que todas las personas tienen derecho a la educación inclusiva y que esta es aquella que se realiza en aulas ordinarias con los apoyos necesarios. Excluye, en este sentido, a los centros de educación especial, así como las aulas específicas como las aulas TEA.
Las administraciones educativas incumplen, cada cierto tiempo, este parte del ordenamiento jurídico español. Hay que recordar que los tratados internacionales, así como las convenciones que el Estado firma, se convierten en ley, a pesar de que no haya un texto articulado que hable sobre ellas.
La familia Calleja recibió un empujón después de años de lucha por la educación inclusiva de Rubén, un joven con síndrome de Down. El Tribunal Supremo les daba la razón sobre la posibilidad de recibir una indenmización por el incumplimiento del Estado en relación al derecho a la educación inclusiva acogido en el ordenamiento jurídico español por la vía de la firma del Convenio de los Derechos de las Personas con Discapacidad firmado en 2008.
El TS obligaba a la Audiencia Nacional a volver a dictar sentencia y a que se pronunciase sobre el fondo de la cuestión, además de fijar una indemnización para Rubén y su familia.
La ONU vuelve a “sentenciar” a España por no llevar a cabo la educación inclusiva
Según explica Alejandro Calleja, «el mes pasado hemos recibido la sentencia y sigue sin reconocer la validez del dictamen basándose de que es cosa ya juzgada». El hecho de que la Audiencia Nacional siga en sus trece supone, comenta este padre, que estén preparando un recurso de casación ante el Supremo, de nuevo, Esperan que el Alto Tribunal vuelva a darles la razón, pero la incertidumbre siempre está en la mesa.
Ahora, el Constitucional, ha fallado a favor de un hombre de doble nacionalidad marroquí y belga que fue extraditado desde España a Marruecos a pesar de alegar la posibilidad de sufrir torturas. Efectivamente las sufrió y, tras meses de deliberación en el seno del Alto Tribunal, se ha sentenciado que se vulneraron los derechos que le amparaban y que están recogidos, primero, en el Pacto de Derechos Civiles y Políticos y, segundo, en el dictamen que emitió el Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas.
«Es un espaldarazo a nuestra causa», dice Alejandro Calleja. Y lo dice porque la sentencia se pronuncia sobre la validez y la obligatoriedad de cumplir con los dictámenes de Naciones Unidas, lo que supone que «creemos que tenemos más razones de las que teníamos, que no eran pocas» para que la Justicia les dé la razón. «Teníamos jurisprudencia creada en el TS y ahora el TC sigue en esa misma línea. Es un gran adelante para todos».
Para Juan Rodríguez Zapatero, abogado especialista en derechos de las personas con discapacidad y el letrado del caso de Rubén Calleja, la sentencia «efectúa dos pronunciamientos trascendentes». El primero tiene que ver con fijar que la vía de la responsabilidad patrimonial, es decir, de la indemnización, es adecuada cuando un comité de la ONU señala una vulneración de derechos humanos. La otra es la obligación de los estados a cumplir con los tratados firmados, así como el respeto a los mecanismos de garantía de dichos tratados.
Según el abogado, «en el caso de Rubén Calleja, el TS dejó muy claro que los dictámenes del Comité de la ONU tienen carácter vinculante y obligatorio para el Estado y en este caso España no reparo el derecho a no ser discriminado de Rubén».
El hecho de que el Constitucional haya fallado como lo ha hecho en el caso del ciudadano marroquí-belga injustamente extraditado a Marruecos supone que se vaya consolidando en la jurisprudencia española «que los dictámenes de los comités de la ONU son vinculantes cuando aprecian vulneración de derechos humanos y la obligación de reparación por esas lesiones».
Rubén hace tiempo que salió del sistema educativo formal y que está empezando su vida laboral. Tanto él como su familia, de todas maneras, quieren seguir con la vía judicial para poder llegar, en algún momento, al reconocimiento de lo que les ha sucedido y al justo pago de una indemnización por los perjuicios que estos años de batalla burocrática y legal les han costado.
«Aunque Rubén ya tiene su proyecto de vida encarrilado, es importante dejar esta herencia para el futuro de las nuevas generaciones y de los padres que quieran iniciar esta lucha tan justa y tan humana», explica Alejando.