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En los últimos meses, hemos identificado más de 100 publicaciones firmadas por diferentes investigadores e investigadoras de diferentes universidades españolas, que incluyen como órgano aprobador ético al comité del Community of Research on Excellence (CREA), del Instituto de las Mujeres o de la Agencia Estatal de Investigación, entre otros.
Este hecho adquiere una especial relevancia por las consecuencias futuras que podrían tener en la renovación u obtención de nuevos fondos públicos nacionales y europeos como, por ejemplo, tras la comunicación pública realizada por una investigadora sobre la concesión de un proyecto financiado por el programa Horizon Europe, con una dotación aproximada de 2,6 millones de euros, otorgada por la Comisión Europea.
Precisamente por la importancia de este tipo de proyectos y por el impacto que tienen en el sistema científico europeo, queremos manifestar nuestra preocupación por la posibilidad de que la evaluación y selección de esta financiación y otras muchas asociadas a investigadores de CREA, se haya apoyado, al menos en parte, en publicaciones cuya validación ética podría no ajustarse plenamente a los marcos institucionales y legales vigentes.
Posibles irregularidades en la validación ética de publicaciones científicas
La propia web del Comité de Bioética de la Universitat de Barcelona recuerda que, de acuerdo con el Código de Integridad de la Universidad y con el Código Europeo de Conducta para la Integridad en la Investigación, cualquier estudio que implique a personas, datos personales o material de origen humano debe contar, antes de su inicio, con un informe favorable de dicho comité. Esta obligación se ve reforzada, además, por lo establecido en la Ley 14/2007 de Investigación Biomédica.
Queremos así clarificar los estándares exigibles en materia de evaluación ética de la investigación en ciencias sociales, ya que parecen haber surgido dudas en distintos ámbitos académicos acerca de las garantías, composición y procedimientos aplicados en dicho comité. Esto ha generado inquietud en relación con su adecuación al marco normativo vigente.
El Reglamento de organización y funcionamiento de su Comisión de Bioética de la Universitat de Barcelona recoge expresamente en su preámbulo que:
– «Por otro lado, la investigación en ciencias sociales, en ciencias del comportamiento y en humanidades digitales, el desarrollo de la inteligencia artificial, los datos masivos (big data) y los campos relacionados proporcionan herramientas muy potentes que tienen implicaciones obvias en el campo de la bioética.»
Del mismo modo, en su artículo 3 relativo a la composición, se establece que formarán parte de la Comisión:
– «c) entre diez y veinte académicos (de los ámbitos de las ciencias de la vida, las ciencias de la salud, las ciencias humanas, sociales y jurídicas, o las ciencias experimentales) o personal con experiencia en el campo de la bioética, que presten servicios en la UB, nombrados por el rector o rectora a propuesta del presidente o presidenta de la Comisión;»
Si esto no fuese suficiente, desde 2019, la Universitat de Barcelona posee un formulario especifico para este tipo de proyectos denominado Declaración de reconocimiento de implicaciones éticas en las interacciones con seres humanos e intervenciones sociales. Proyectos de investigación o tesis doctorales que implican estudios de tipo:
Comportamental, Observacional, Trabajos de campo y arqueológicos, Entrevistas, Historias de vida, Cuestionarios, Estudios similares.
Estos elementos normativos evidencian que las ciencias sociales no constituyen un ámbito ajeno a la bioética ni a la supervisión rigurosa mediante comités éticos formalmente constituidos, plurales y con garantías de independencia y que, además, no son de una aplicabilidad reciente como se trata de inducir.
El marco normativo de los comités de ética
Por todo esto, no cabe ninguna duda de que la aprobación por parte de comités de ética inexistentes es una mala praxis clara y evidente y que, además, no ha sido negada en ningún momento por parte de CREA. Esto debe conllevar, en nuestra opinión basada en los hechos que también se describen a continuación, a que aquellos artículos sean retractados.
Queremos recordar, además, que existen antecedentes en la literatura científica en los que situaciones relacionadas con deficiencias en la supervisión ética han desembocado en retractaciones formales, como muestra la revisión publicada en Accountability in Research7. Estos precedentes ponen de relieve la importancia de cuidar estos aspectos desde las primeras fases de cualquier proyecto.
Así nos lo han manifestado expertos nacionales e internacionales en malas praxis como el catedrático de la Universidad de Santiago de Compostela, Alberto Ruano. «En la actualidad, ni universidades ni otros centros de investigación, como hospitales, revisan que las investigaciones en las que esté involucrado su personal cumplan con las autorizaciones correspondientes de los Comités de Ética. Se asume que es responsabilidad directa de los investigadores el conocer cuáles son sus deberes y obligaciones al respecto. En un entorno académico convencional, lo que no es el caso del grupo CREA, todos sabemos qué comités deben autorizar nuestras investigaciones.”
En esta misma línea, la profesora Elisabeth Bik dijo: “There are several similar cases, such as the papers from the IHU, the institute run by Didier Raoult, which basically had its own IRB committee. Several of his papers have been retracted. Also several papers by Damian Sendler, who seems to have approved his own papers, by pretending he worked at a large research institution – which was located in an apartment.”
La gravedad de los hechos podría ser aún mayor, ya que a estas posibles malas praxis se podría unir el hecho de que algunos IP de CREA hayan podido cometer un delito de falsedad en documento público si han usado los perfiles de Google Scholar que se demostraron fraudulentos en convocatorias públicas.
Impacto en la financiación científica y la confianza en el sistema
En este sentido, hacemos un llamamiento a todas las personas que hayan participado en cualquier convocatoria pública donde se hayan seleccionado proyectos a IP vinculados a CREA, para que soliciten saber tanto el CV con el cual estos IP concursaron a las citadas convocatorias nacionales y europeas, como aquellas publicaciones científicas que usaron para justificar el citado proyecto.
Examinar cuántos artículos, proyectos o fondos han estado vinculados a ese comité no es un ejercicio tendencioso; es un análisis técnico basado en documentación pública. La integridad en la investigación exige precisamente contrastar procedimientos y verificar que se ajustan a la normativa vigente.
Además, existe una dimensión preventiva que no puede ignorarse. Si en los próximos años se conceden nuevas financiaciones relevantes a estructuras cuya supervisión ética presenta dudas documentadas, la falta de transparencia hoy, podría traducirse en la perpetuación de dinámicas problemáticas mañana. Señalar posibles fallos estructurales no es atacar a las víctimas; es intentar evitar que se reproduzcan contextos que, según las denuncias, habrían permitido diferentes tipos de abusos.
Así, creemos que es nuestra responsabilidad, como lo es de cualquier ciudadano europeo, señalar, de manera respetuosa y constructiva, aquellos aspectos que merecen una revisión serena y transparente basada en el respeto y cumplimiento de los códigos de conducta e integridad en la investigación.
Nos preocupa, en este sentido, que resultados científicos que puedan presentar dudas en cuanto a su validación ética hayan podido ser utilizados como parte del respaldo curricular en procesos altamente competitivos de financiación pública.
No se trata de atribuir intenciones, sino de reflexionar sobre cómo estos procedimientos influyen en la percepción de equidad y confianza en el sistema. Más aún cuando investigadores e investigadoras del ámbito de las ciencias sociales cumplen escrupulosamente con los pasos, tiempos y normas éticas para poder sacar adelante sus publicaciones y obtener fondos. Porque si todas estas actuaciones susceptibles de ser malas praxis quedan impunes, ¿qué impide a otros IP seguir este camino?
La transparencia, cuando se ejerce con veracidad y rigor, no tiene como finalidad dañar a personas, sino proteger el sistema y a quienes forman parte de él cumpliendo las normas.
Reiteramos nuestra disposición a colaborar con universidades, comités de ética, agencias financiadoras e investigadores e investigadoras para contribuir a un entorno científico cada vez más sólido, justo y confiable, en beneficio de la sociedad y del propio sistema de investigación europeo.

