Una nueva sentencia favorable a la educación inclusiva, y ya van cinco en poco más de dos años. En un fallo con fecha del pasado 14 de junio, el Tribunal Superior de Justicia de la Rioja ha estimado el recurso contencioso interpuesto por unos padres contra la decisión de la Administración educativa de La Rioja de escolarizar a su hijo Adrián, de 10 años (ahora ya 11), en un centro de educación especial. La familia alegaba que se había vulnerado el derecho fundamental del menor a la igualdad, es decir, a una educación en condiciones de igualdad, y el alto tribunal le ha dado la razón.
Como en anteriores sentencias (dos en Cataluña, una en Castilla-La Mancha y otra en La Rioja hace justamente un año), el tribunal ha considerado que la administración educativa no ha acreditado que la escolarización del alumno en un centro ordinario “sea inviable” o que “los apoyos que precisa solamente puedan ser proporcionados en un centro de educación especial” o que “los apoyos recibidos [durante su época de escuela ordinaria] no hayan dado lugar a una evolución del alumno”, ni tampoco “que sea previsible que su adaptación e integración social será reducida en un centro ordinario”.
Por contra, el tribunal considera que la administración no ha esgrimido un solo motivo que impida que se aplique la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, ratificada por España en 2008, en la que se recoge el derecho a la educación inclusiva y cuyo principio, según recuerda el fallo, es “la necesidad de promover y proteger los derechos humanos de todas las personas con discapacidad, incluidas aquellas que necesitan un apoyo más intenso”.
Evolución sin evaluación
Durante el proceso judicial, la administración argumentó que los centros educativos especiales “no son segregadores y promueven la inclusión”, y que en el caso de Adrián, que tiene epilepsia y hemiparesia (parálisis parcial de un brazo y pierna del mismo lado del cuerpo), a pesar de todos los recursos y adaptaciones realizados durante los años de escolarización ordinaria y combinada, no se había producido “una evolución significativa en función de sus necesidades educativas especiales”. A esos argumentos el tribunal responde que los apoyos que según los especialistas necesita el menor “no son exclusivos de los centros especiales” y que la evaluación que se ha llevado a cabo de su desarrollo no se ha ajustado a lo que prevé la legislación.
En conversación con este diario, el padre de Adrián, Marcos Tobías, recuerda que ya en P-5 en el colegio les comenzaron a aconsejar la educación especial. Se resistieron durante dos cursos, pero al acabar segundo de primaria optaron por cambiar de centro e iniciar una combinada en otro colegio, al que iba dos días, y un centro especial, al que iba tres. La combinada solo duró un curso, el 2015-2016, y el pasado ya fue derivado al centro especial. Fue entonces cuando los padres iniciaron una recogida de firmas y airearon su protesta ante los medios de comunicación riojanos, pero la consejería de Educación se mantuvo en sus trece. “Con Adrián la administración optó por la solución fácil, cuando lo mejor para él es una educación inclusiva con los apoyos que hagan falta”, añade Tobías.
Como en los cuatro anteriores casos, la familia ha contado con la asesoría legal del abogado Juan Rodríguez Zapatero y el apoyo de la Fundación Gerard. Su directora, Carme Fernández, considera que, en este y en muchos otros casos que asesora, “la administración se centra en sus propios prejuicios sobre la diversidad, y no en el beneficio que aporta; porque cuando la educación se orienta a las buenas prácticas y se proporcionan los ajustes necesarios, la participación y el éxito del alumno con diversidad funcional está garantizada”.
Cuestión o no de recursos
La educación inclusiva es un derecho del menor, del que tiene discapacidad y del que no la tiene, recuerda Fernández, y “para hacerla realidad no hay que olvidar aquello que decía Josep Maria Jarque: son los recursos los que tienen que ir donde está el alumno y no el alumno donde están los recursos”.
Según el consejero de Educación riojano, Alberto Galiana, el caso nunca ha sido una cuestión de falta de recursos (a pesar de que ésta fue una línea argumental recurrente durante el juicio). En declaraciones el pasado viernes al diario La Rioja, Galiana aseguraba que siempre les había movido “lo mejor para el menor”, pero que “acatarían la sentencia” y pondrían los medios que fuera necesario. Sin embargo, tanto el consejero como el mismo periódico afirmaban que el tribunal devolvía a Adrián a la escolaridad combinada, cuando en la sentencia se reconoce claramente su derecho a estar escolarizado “en un centro de educación ordinario, en la ciudad de Logroño”.