En el curso 2013-2014, Arturo fue a clase al inicio de curso y se encontró que el centro en el que llevaba matriculado varios años había cambiado a su tutora y a la profesora de pedagogía terapéutica (experta, además, en audición y lenguaje). Una por un concurso de traslados y a la otra por adscripción a otro centro. Arturo es un niño con Trastorno del Espectro Autista (TEA). Además, los pictogramas que había en el aula y que le servían para comunicarse tampoco estaban, habían sido retirados del centro.
Comenzaba así la batalla de la familia para que su hijo fuera atendido como pensaban que era necesario por parte de un centro que, además, es de atención preferente. El menor, nacido en 2004, tiene diagnóstico de TEA desde el año 2008, momento en el que se le reconoció en un grado del 65%.
El pasado 18 de octubre el Tribunal Superior de Justicia de Galicia le ha dado la razón a la familia y ha condenado a la Consellería de Educación a que pague una indemnización de 4.500 euros al alumno y otros 1.500 a la madre. Es la primera sentencia en la que se reclama responsabilidad patrimonial (indemnización) en el país, aunque ya hay algunas sentencias en procedimientos de vulneración de derechos fundamentales en las que se admite «la mala praxis como causa de las conductas de un alumno con diversidad funcional», asegura Carme Fernández, directora de la Fundació Gerard.
Para el Tribunal «el comportamiento del centro durante ese tiempo (inicio del curso 2013-2014), dista de ser el deseable y debe calificarse de negligente, cuando se suprimen unos apoyos visuales que resultan imprescindibles para que al menor le resulten previsibles las tarea» y entiende que todo ello «generó comportamientos disruptivos y que pudieron provocar la entrada en ‘bucle’ del menor, hasta el punto de condicionar su evolución durante ese curso».
Esther, madre de Arturo, asegura que «mi hijo estaba sufriendo un hostigamiento importante» en el centro educativo y que esa fue la razón de plantear la denuncia. «Valoramos -la sentencia- muy positivamente por el propio talante» del escrito, porque «no cuestiona la dignidad o el derecho de mi hijo a estar en un aula con sus iguales. Y tampoco se nos cuestiona a nosotros como familia».
Esther también critica la actuación del anterior equipo directivo del centro, además del claustro, al haber emitido informes aportados al procedimiento judicial en el que se habla de una familia desestructurada y «una madre desequilibrada».
El niño ha permanecido matriculado en el mismo centro educativo durante todo este tiempo. «La reacción de mi hijo fue tan explosiva» recuerda Esther al hablar del inicio de curso 2013-2014, «y ya no solo en lo educativo, sino desde el punto de vista clínico, que yo como madre, no podía arriesgarme a asumir hacer un cambio de entorno educativo. Lo mantuvimos en el centro». La solución más «difícil» para ellos, pero mejor para el niño.
Recuerda la sentencia la necesidad de estabilidad en el entorno de las personas con Trastorno del Espectro Autista. «Es necesario que su entorno resulte previsible, de forma que los cambios se introduzcan de manera gradual».
El niño, que tenía 9 años entonces, ha de dejar el colegio por prescripción de una psicóloga, desde noviembre hasta enero de 2014. Tiempo en el que, además, ha de tomar medicación.
El caso es que, después de este curso, el niño permanece en el centro, hasta hoy, que está cursando 6º de Primaria. Ahora, asegura Esther, la relación con el centro, la dirección y el claustro «es perfecta». En este tiempo ha habido muchos cambios de personal según cuenta Esther a este diario, y llega un nuevo tutor a la clase de su hijo. «El primer día que mi hijo subió a clase, tras la anticipación en la que le presentamos a sus nuevos tutores, cuenta Esther, cuando abrió la puerta, el tutor le dijo: ‘Buenos días Arturo, estoy muy contento de que estés aquí, estábamos todos deseando que llegases’. Y el niño en ese momento se desinfló. Te hablo de un niño con TEA no verbal».
La madre de Arturo asegura que el proceso se ha ganado no solo porque la familia ha estado «encima de la educación del niño» y ha hecho el esfuerzo económico necesario, también «porque han participado profesionales implicados», es decir, el nuevo claustro del centro.
La familia le reclamaba a la Administración educativa casi diez veces más, cerca de 50.000 euros por los daños sufridos por el alumno, entre otras cosas porque tuvo que dejar el colegio dos meses y tomar medicación durante ese tiempo.
La sentencia rebaja mucho la cuantía de la indemnización que se le reclama a la Administración educativa por varias razones. Una de las más importantes es que a las alteraciones en el ámbito educativo, el entorno familiar también sufrió cambios que pudieron afectar a la estabilidad del niño. Su abuela había fallecido en los meses previos, por una parte y, por otra, la familia cambió de domicilio.