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Por tercera vez en más de una década, el caso de Rubén Calleja vuelve a situar a España ante el espejo de su política educativa para el alumnado con discapacidad. En una sentencia dictada el pasado 29 de mayo (657/2025), el Tribunal Supremo estima el recurso de casación interpuesto por la familia de Rubén, menor con síndrome de Down escolarizado a la fuerza en un centro de educación especial tras denunciar abusos y falta de apoyos en su escuela ordinaria.
La resolución judicial anula una sentencia anterior de la Audiencia Nacional que desestimaba la reclamación de responsabilidad patrimonial del Estado por el incumplimiento del dictamen emitido por el Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de la ONU en 2020. Aquel dictamen ya señaló con claridad que Rubén fue víctima de una vulneración del derecho a una educación inclusiva, además de sufrir tratos degradantes en el entorno escolar.
La familia solicitaba 350.000 euros de indemnización, 25.000 por gastos judiciales y 325.000 por daños morales. Aunque la cantidad es muy inferior a la solicitada, la sentencia supone que se da valor jurídico y práctico a los dictámenes de Naciones Unidas.
El Ministerio Fiscal también se había mostrado favorable a conceder una indemnización por la discriminación sufrida, argumentando que el incumplimiento de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad constituye una infracción constitucional. La Audiencia Nacional, sin embargo, había desestimado la reclamación, argumentando que los dictámenes del Comité no eran vinculantes y que no podía reabrirse un caso ya juzgado. El Supremo ha descartado este enfoque, remarcando que no se trata de revisar sentencias firmes sino de valorar nuevos hechos desde una perspectiva distinta, en línea con los estándares internacionales.
Rubén Calleja fue obligado a entrar en un centro de educación especial al inicio de su escolarización obligatoria a pesar del criterio de su familia que entendía que, con los apoyos necesarios, debería permanecer en la educación ordinaria, como lo había estado en infantil.
Sus padres decidieron que esto no podría ser así y comenzaron una pelea que, en un primer momento les llevó a ser acusados por la fiscalía de abandonar sus responsabilidades por no escolarizar al niño en el centro de educación especial como ordenaba el dictamen de escolarización. La causa fue desestimada en su momento. A partir de entonces, su pelea no cejo hasta el punto de llevar el caso ante el Comité que vela por el cumplimiento de la Convención de Derechos de las Personas con Discapacidad, ratificada por España en 2008.
Dicho Comité a denunciado en varias ocasiones la vulneración de sus preceptos por parte de España que, hoy día, sigue sin dar pasos claros para corregir la situación.