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Durante los últimos años, debido a mis responsabilidades sindicales, he estado manejando los datos que mensualmente se publicaban desde los distintos organismos estatales en relación con el empleo y más concretamente en el empleo del sector educativo. Todos estos datos me han permitido tener una visión en global del sector en materia de contratación y empleo, de la misma manera que me generaba cierto interés cómo afectaba la aplicación de la reforma laboral en el sector educativo.
Hay que tener en cuenta que el sector educativo va más allá del profesorado que trabaja en centros educativos públicos ya que abarca distintos convenios colectivos dirigidos al ocio educativo, al sector de la discapacidad, menores, enseñanza no reglada o enseñanza privada y concertada entre otros. Sin lugar a duda es un sector muy amplio que, por ejemplo, en el año 2021 en su momento de mayor empleo contaba con más de un millón de cotizantes a la Seguridad Social.
Pero la importancia de este sector no solo debería ser la cantidad de personas que están englobadas en este. En mi opinión es un sector de gran relevancia en el ámbito social y que debería ser tenido muy en cuenta no solo en lo que se refiere al cambio de modelo productivo desde el punto de vista del aumento de la producción si no de la mejora de unos servicios imprescindibles para poder desarrollar una sociedad donde también lo que no es “productivo” tiene valor añadido: nuestro ocio y nuestro tiempo libre, nuestras ganas de aprender cosas diferentes, nuestra atención a la infancia, a la discapacidad, etc…
En los últimos meses los datos de empleo que se han venido desgranando evidencian que la aplicación de la reforma laboral está invirtiendo la tendencia que imperaba en el mercado laboral de abusar de la contratación temporal mes tras mes. Es una realidad que está aumentando la contratación indefinida en el conjunto del mercado laboral y cómo se está reduciendo el peso en este primer cuatrimestre de la contratación temporal.
Sin duda, queda mucho camino por recorrer, pero hay algunas tendencias que empiezan a verse y que hay que tener presentes, así como algunas características que nos tienen que mantener alerta de cara a predecir cómo se va a comportar el sector educativo si no se remedia.
Todo esto no podemos hacerlo sin una visión previa de cómo se ha comportado el sector educativo en materia de contratación en los últimos años, lo que nos puede ayudar a señalar los retos para el empleo.
Algunas características destacables a destacar del sector educativo en materia de empleo
Como hemos dicho anteriormente es importante que tengamos claro cuál es la realidad del sector. Hay que apuntar un rasgo característico y fundamental, el sector educativo es un sector feminizado en su conjunto siendo el peso de las mujeres en las contrataciones anualmente del 66% frente al 34% de los hombres. Y esto tiene su importancia y no puede ser omitido puesto que, como vamos a ver, consolida el binomio mujer-precariedad que ponen de manifiesto las altas tasas de contratación temporal y de estacionalidad en la contratación.
Teniendo en cuenta los datos que publica el Ministerio de Trabajo mensualmente vemos cómo la contratación temporal ha sido la norma durante los años consultados. Desde 2014 la temporalidad está cerca del 90 %.
Por otro lado, el sector educativo se comporta como un sector estacional teniendo un auge en las contrataciones durante los meses de septiembre y octubre y el mínimo de las contrataciones en los meses de julio y agosto que coincide con las vacaciones escolares.
En el siguiente gráfico se puede observar cómo en los meses de septiembre y octubre se producen en torno al 34% de las contrataciones iniciales del año, uno de cada tres contratos anuales, mientras que en los meses de julio y agosto se realizan en torno al 11%, uno de cada diez contratos.
Además, en los meses de julio y agosto se concentran también las finalizaciones de contratos tal y como se puede observar en las cotizaciones medias de la seguridad social. A partir de los datos recabados podemos observar cómo, entre 2011 y 2021, el promedio de afiliación media a la seguridad social en agosto es de 17,56 puntos menos respecto a junio lo que indica una gran destrucción de empleo, en torno a 140.556 cotizantes medios menos.
Por el contrario, los meses de septiembre y octubre se produce un gran aumento en el número de afiliación media a la Seguridad Social en el sector de educación. Si tomamos los datos del periodo comprendido entre 2011 y 2021 el promedio es que en estos meses aumenta en un 25,23% respecto al mes de agosto. En número de cotizantes esto supone que hay un aumento en 166.860 personas durante esos meses que, como he comentado anteriormente, coincide con el inicio del curso escolar.
Una vez expuesto que la contratación en el sector educativo ha sido de carácter temporal tenemos que poner de manifiesto qué tipo o tipos de contrato han sido los que han predominado. El sector educativo es un sector en el que el peso de la contratación ha recaído fundamentalmente sobre el contrato por obra y servicio utilizándose, en mi opinión, de manera cuanto menos cuestionable.
Prueba de ello es que la diferencia en relación con el total del mercado laboral es significativa y oscila en el periodo consultado entre 13,7 y 8,5 puntos pero, sobre todo, porque hay momentos en esta serie de los últimos ocho años donde las contrataciones por obra y servicio son más de la mitad de las que se han realizado.
Es decir, que un contrato que estaba pensado “para la realización de una obra o la prestación de un servicio determinados, con autonomía y sustantividad propia dentro de la actividad de la empresa y cuya ejecución, aunque limitada en el tiempo, es en principio de duración incierta” ha sido utilizado en el sector educativo en casi la mitad de las contrataciones iniciales anuales y se sitúa muy por encima de las contrataciones totales de todos los sectores como muestra la gráfica.
Cabe preguntarse muchas cosas con estos datos en la mano pero, sobre todo, cómo año tras año se sucedían estos contratos que, luego las cifras confirmaban, no se convertían en indefinidos más que el 2,95%. Es decir, que lo que establecía el Estatuto de los Trabajadores sobre estos contratos: “No podrán tener una duración superior a tres años ampliable hasta doce meses más por convenio colectivo de ámbito sectorial estatal o, en su defecto, por convenio colectivo sectorial de ámbito inferior” no se cumplía una muestra más de que es necesario hacer cumplir lo que el BOE pone.
Estos datos y esta situación que ha vivido el sector hay que tenerlos muy en cuenta de cara a la implantación de la reforma laboral puesto que el contrato por obra y servicio desaparece como modalidad contractual. Es indudable que la reforma laboral va a ser una sacudida al modelo de contratación hasta este momento y tiene que hacer virar hacia una más estable. Aún así, no es menos cierto que va a tener que existir una estrecha vigilancia tanto de las administraciones competentes como de las organizaciones sindicales en el cumplimiento de la reforma laboral y, sobre todo, en que las organizaciones patronales no aprovechen otro tipo de mecanismos para evitar estabilizar el empleo.
¿Qué podemos destacar de los primeros meses de la reforma laboral?
Es un hecho que para ver el verdadero alcance habrá que esperar por lo menos el año 2022 y, en el caso concreto del sector educativo, los próximos meses van a ser muy importantes.
De los aspectos en los que la reforma laboral se dejará sentir, voy a centrarme en dos fundamentalmente, puesto que son rasgos muy definidos y consolidados tanto en el mercado laboral como en el sector educativo en concreto: la contratación indefinida y el contrato por obra y servicio.
Para este breve análisis vamos a hacer una referencia al comportamiento del sector este primer cuatrimestre del año en comparación a años anteriores. Con la intención de ver el alcance real de los efectos de la aplicación de la reforma laboral en el sector educativo es necesario que comparemos los datos con el resto de los sectores en materia de contratación.
Aumento en la contratación indefinida en el primer cuatrimestre de 2022
Durante el primer cuatrimestre del 2022 la contratación indefinida ha aumentado como consecuencia de la entrada en vigor de la reforma laboral. Los datos que publica el Ministerio de Trabajo muestran cómo la tendencia se ha invertido y ha crecido la contratación indefinida.
Teniendo en cuenta las contrataciones que se han realizado en España entre los meses de enero y abril de 2022 un total de 1.211.696 contratos iniciales han sido de carácter indefinidos que, sumados a las 556.140 que se han convertido en indefinidas, supone que 1.767.836 contratos que se han realizado son indefinidos. Comparados estos datos con las 6.162.323 contrataciones que se han realizado en este primer cuatrimestre de 2022 supone que el peso de la contratación indefinida se ha situado en el 28,68% del total.
En el sector educativo por su parte se han realizado 28.789 contratos iniciales de carácter indefinidos además de 15.112 que se han convertido en indefinidos lo que supone un total de 43.901 contratos en este primer cuatrimestre. Porcentualmente, teniendo en cuenta que se han realizado un total de 210.143 contratos, en el sector educativo suponen el 20,89% del total.
Con estos datos ya podemos hacer una primera aproximación a cómo se está comportando el empleo en el sector educativo tras la entrada en vigor de la reforma laboral. En términos generales y comparándolo con la totalidad del mercado de trabajo, la contratación indefinida en el sector educativo se sitúa 7,79 puntos por debajo.
Si vamos mes a mes, como indica el gráfico, el empleo indefinido en el sector educativo se sitúa por debajo de todos los sectores. En este sentido, en los meses de enero, febrero, marzo y abril el empleo indefinido en el sector se ha situado 2,03; 6,67; 7,51 y 11,77 puntos por debajo de la contratación total lo que, sin duda, marca una tendencia en la que cada mes se distancia más. Este comportamiento no parece una casualidad y debería preocuparnos y mantenernos vigilantes.
Si bien es importante la foto fija, más si cabe en un momento en el que el mercado laboral está sufriendo un cambio profundo, no podemos dejar de fijarnos en el comportamiento del empleo en los años anteriores. Si comparamos estos datos con el promedio de los mismos meses en los últimos ocho años, vemos que la contratación indefinida en general es 18.82 puntos superior, y en el sector educativo, 13,82.
Si vamos mes por mes vemos cómo en los promedios de los últimos años se partía de una situación similar en la que a penas se llegaba al 10% la contratación indefinida. Ahora ha alcanzado cifras récord situándose en casi el 50% en el ámbito general mientras que en el sector educativo se ha situado bastante por debajo de ese 50%. Mientras que en el caso del global del mercado laboral las diferencias de los meses de este primer cuatrimestre del año eran de 5,69, 11,52, 19,70 y 38,38 puntos respecto al promedio de los últimos 8 años en el sector educativo ha sido de 4,89, 7,59, 14,72 y 28,10 puntos respectivamente.
La conclusión debe ser que se ha aumentado la contratación indefinida en el sector educativo y comparándolo con el promedio de los años anteriores los datos son mucho más concluyentes. Pero me parece importante señalar que tanto en el global como en la comparativa mes a mes, aún aumentándose, está por debajo de los índices de contratación indefinida que se dan en todo el mercado laboral.
Esto tiene que hacernos estar alerta sobre la aplicación de la reforma laboral en el sector educativo, sobre todo, a los meses de septiembre y octubre de 2022, momento en el que más contrataciones se realizan.
Contratación por obra y servicio: un contrato que da los últimos coletazos
La aplicación de la reforma laboral lleva consigo la eliminación del contrato por obra y servicio como figura contractual. Como hemos visto anteriormente este contrato, ya de por sí muy utilizado en todo el mercado laboral, lo es especialmente utilizado en el sector educativo en donde supone en uno de cada dos contratos. Es esta la razón por la que hago una mención especial y creo que hay que vigilar su evolución.
Su eliminación no ha sido inmediata y se ha dado un periodo de transitoriedad hasta el 30 de marzo, pero con unas condiciones diferentes a los contratos celebrado antes del 31 de diciembre.
Sin duda la aplicación de la reforma laboral ha tenido un impacto en la utilización de este contrato. Si tenemos en cuenta el promedio de los ocho años anteriores (2014-21) vemos cómo la contratación por obra y servicio en los meses de enero, febrero y marzo suponía el 48,01%, el 46,16% y el 43,76% de los contratos iniciales que se celebraban lo que supone 9,02, 7,86 y 6,33 puntos por encima del porcentaje de estos en el global de las contrataciones en todo el mercado de trabajo. Sin duda las diferencias eran muy notables, sobre todo, teniendo en cuenta que en el sector educativo no son los meses en los que más contrataciones se realizan.
Si vemos lo que ha sucedido en los tres primeros meses del año vemos cómo se ha reducido sustancialmente la contratación por obra y servicio 18,88, 14,63 y 19,35 puntos menos respecto al promedio de los mismos meses de los años 2014 al 2021 en el sector educativo.
Aún así, sigue llamando la atención la cantidad de contratos que se han realizado de este tipo teniendo en cuenta que es un contrato que no existirá y que, como la norma recoge, tiene una limitación en la duración de este. La aplicación de la reforma laboral en materia de contratación, como hemos señalado, nos sitúa en un escenario de transitoriedad en lo que a su aplicación se refiere y por eso hay que ser especialmente cuidadosos a la hora de interpretar lo que está sucediendo y explicarlo detalladamente.
Por un lado, tenemos lo que recoge la disposición transitoria tercera que establece el régimen transitorio aplicable a los contratos de duración determinada celebrados antes del 31 de diciembre de 2021. A estos contratos les será de aplicación la normativa anterior en materia de contratación por lo que “no podrán tener una duración superior a tres años ampliable hasta doce meses más por convenio colectivo de ámbito sectorial estatal o, en su defecto, por convenio colectivo sectorial de ámbito inferior”.
Y, por otro lado, existe otra excepción recogida en la disposición transitoria cuarta sobre el régimen transitorio aplicable a los contratos de duración determinada celebrados desde el 31 de diciembre de 2021 hasta el 30 de marzo de 2022 y que afecta de manera muy importante a su duración máxima (y a la del contrato eventual) al fijarse que no podrá ser superior a seis meses. En el resto de aspectos les será de aplicación el Estatuto de los Trabajadores anterior (causa, requisitos para la contratación o extinción).
Pero en este supuesto de los contratos entre el 30 de diciembre y el 31 de marzo, aunque se rija por la versión anterior del ET, al llegar a los seis meses opera la extinción del contrato. Esto no significa una conversión automática en fijo, sino que se tendrían que aplicar las reglas propias de la duración máxima del contrato de obra. Para que ello tenga lugar, sería preciso que la persona siguiera ocupando el mismo puesto tras esos seis meses. Igualmente, la nueva contratación se tendrá que realizar con aplicación íntegra de la nueva regulación, que ya no contempla el contrato de obra o servicio.
Vigilar y actuar para que se cumpla la reforma laboral
A modo de conclusiones se pueden señalar algunos aspectos y hacer algunas reflexiones de cara a los próximos meses si bien el territorio es, cuanto menos, indeterminado. Pero es precisamente esa indeterminación la que tiene que hacer que no se pierda de vista y se analice la evolución del empleo en el sector. Por mucho que la reforma laboral pueda suponer un cambio en el paradigma del empleo.
Se aprecia el aumento de la contratación indefinida en el sector educativo lo que sin duda es una buena noticia, aunque el ritmo es inferior al del global del mercado laboral. Esto indica que las empresas del sector van a apurar los plazos en la aplicación de la reforma laboral manteniendo los contratos temporales celebrados en los meses anteriores a la aprobación de la nueva norma que regula las contrataciones.
Es posible que las patronales del sector pretendan este verano continuar con la cultura de interrumpir los contratos y que el personal engrose las listas del paro, y cobre la prestación, y a partir de septiembre iniciar un nuevo ciclo de contratación que, indudablemente, debe ser de carácter estable puesto que, difícilmente se puede justificar la contratación temporal cuando el puesto es estructural.
Pero aún así, no se puede perder de vista que al punto en que hemos llegado en el mercado de trabajo con una temporalidad con índices tan altos no es solo producto, que también, de las normas que lo han regido. Coincido con autores y autoras como Miguélez y Prieto o Lorente y Guamán que señalan que la cultura de la precariedad y el fraude normativo se han extendido durante décadas pero que la persistencia en la temporalidad no solo es producto de la legislación. En todo esto han confluido diversos factores como las normas, la cultura empresarial, la actuación administrativa y la evolución de la economía creando un modelo de relaciones laborales sustentado en la temporalidad.
Aceptando esta premisa no solo vale que el BOE publique normas proclives a cambiar el rumbo en materia de contratación, hace falta una apuesta (y entiendo que las organizaciones sindicales representativas en el sector la estarán abordando con las patronales), por políticas de estabilidad y de empleo con derechos. Me parecería muy arriesgado pensar que porque el “BOE lo diga” las patronales claudiquen y abandonen la cultura empresarial que tantas décadas las ha acompañado.
De la misma manera que las casuísticas planteadas en relación con el contrato de obra y servicio en un sector donde se han realizado tantas contrataciones de ese tipo van a requerir de una vigilancia extrema durante estos meses.
En este sentido, hilo también con la actuación que la Administración debe tener, ya sea por iniciativa propia o a instancias de denuncias y requerimientos de las organizaciones sindicales o de los trabajadores y trabajadoras individualmente. Desde mi punto de vista, la labor de vigilancia que tienen que realizar la Inspección de Trabajo y la Seguridad Social tiene que ser notable, más si cabe sabiendo cómo se ha comportado el sector durante décadas. Se debe ser especialmente vigilante y actuar con celeridad en lo que tiene que ver con las bajas en el periodo estival y las posteriores altas en los meses de septiembre y octubre. De no haberse hecho ya, debería instarse a las patronales a que transformen en contratación indefinida todas aquellas plazas que son estructurales siendo especialmente vigilantes en qué ocurre con aquellas personas que ya están ocupando esas plazas.
Una de las variables que debería darnos la clave de si las cosas se están haciendo acorde con la intención que se establece en la exposición de motivos del RDL 32/2021, donde se plantea la problemática en el empleo y la necesidad de estabilizar alcanzando cifras de la media europea, es el porcentaje de conversión en indefinidos de contratos en el sector en los próximos meses. Si este se dispara en relación con el número de contratos totales se podrá entender que las contrataciones temporales se están estabilizando sin recurrir a los despidos en junio y su posterior contratación en septiembre.
Y, por último, creo que la aplicación total de la reforma laboral, salvo que se inste a las patronales del sector por un gran pacto por el empleo, va a requerir de tiempo en tanto en cuanto la contratación por obra y servicio realizada antes de la aprobación de la reforma laboral (en el año 2021, un total de 287.571 contratos) sigue aplicándose en materia de duración la anterior regulación lo que puede hacer, si no se remedia, que se reduzca el porcentaje de temporalidad de manera lenta.
Sin duda, queda todavía camino por recorrer…
Referencias
Estadísticas publicadas por el Ministerio de Trabajo.
Estadísticas publicadas por el Ministerio de Inclusión y Seguridad Social.
Lorente Campos, R.; Guamán Hernández, A. (2018) “Expansión de la temporalidad y erosión de la relación de empleo estándar en España: ¿La irrupción de un nuevo paradigma de relación de empleo?”. Cuadernos de Relaciones Laborales, 36(1), 35-63.
Miguélez, F. y Prieto, C. (2008). “L’autre côté de la croissance de l’emploi en Espagne: une précarité qui se perpétue. Travail et Emploi. 115(3): 45-57.
Gualda Alcalá, Francisco J (Coord). (2022) El nuevo marco de las relaciones laborales tras la reforma laboral. El impacto del RDL 32/2021 en el sistema de contratación, la negociación colectiva y los mecanismos de flexibilidad interna de la empresa. Bomarzo.