La Asociación Nacional de Editores de Libros y Material de Enseñanza, ANELE, y 33 editoriales fijaron políticas y condiciones comerciales del mercado de los libros de texto durante 5 años, según la CNMC, «a pesar de una pretendida voluntad de aplicar reglas éticas». La editorial Vicens Vives fue la empresa que denunció estos hechos, en relación a ANELE.
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia ha impuesto una multa a las editoriales y a ANELE que asciende a 33,8 millones de euros al considerar que «se ha demostrado con rigor suficiente» que un pacto sobre políticas comerciales «conlleva inevitablemente la reducción de la competencia y a la preservación del status quo«.
Las editoriales multadas, así como la Asociación, se habían dado un Código de Conducta con el que pretendían introducir reglas éticas para asegurar cierta autorregulación pero, según la CNMC «ha sobrepasado de manera nítida» los límites de dicha autorregulación y ha servido «para coaccionar y boicotear a aquellas editoriales que no querían adherirse a esta estrategia anticompetitiva». «Ese modo de actuar ha tratado de condicionar la actuación de los centros educativos y de reducir su poder de negociación».
Además de tratar de condicionar a los centros educativos, se enviaron cartas a terceras editoriales en la que se aseguraba que sus políticas de promoción de sus materiales de enseñanza resultaban ilegales, a pesar de «que se empleaban de manera generalizada antes de la entrada en vigor» del Código de Conducta.
Entre 2012 y 2017, tras la aprobación del Código de Conducta por parte de ANELE y de varias editoriales, se llevaron a cabo diferentes medidas de presión que han pasado por el envío de cartas a empresas, así como a los centros educativos con los que negociaban estas, en las que se aseguraba la ilegalidad de las condiciones comerciales que se estaban negociando. En otros casos, además, ha habido denuncias en los juzgados para aumentar la presión.
Una presión que pretendía, por una parte, que los centros educativos dejaran de tratar con determinadas editoriales y, por otra, hacer que estas desistieran de sus políticas de promoción y se adhiriesen al código y us medidas.
También, asegura la Comisión, ha habido coordinación para fijar el precio de los libros digital así como las condiciones de su comercialización «en los momentos iniciales de su desarrollo e implantación, lo que habría contribuido a retrasar artificialmente su capacidad para sustituir al libro de texto en formato papel, limitando con ello la innovación y el progreso técnico».
La Comisión de la Competencia considera acreditado que las empresas, con la ayuda de ANELE, cruzaron correos electrónicos para «debatir y acordar los precios», así como las medidas para su comercialización en 2011 y en 2014.
Entre estas medidas se encuentran las condiciones de reutilización de los libros por hermanos de alumnos o alumnos repetidores, la duracion de las licencias de dichos materiales, la negativa a trabajar offline o la fijación de precios.
«Las condiciones comerciales acordadas -asegura Competencia- definen el alcance del producto vendido al cliente, reducen las posibilidades de elección de los centros docentes que prescriben los libros de texto y, por ende, de los alumnos».
Tanto las editoriales multadas como ANELE asegurarón ante la Comisión de la Competencia, que parte de las decisiones relacionadas con los libros digitales se tomaban para asegurar la compatibilidad e interoperabilidad de las plataformas que utilizan los centros educativos. Para Competencia, sin embargo, estos motivos «no explican los acuerdos entre competidores en materias que no interfieren en la necesaria estandarización mencionada».
Responsabilidades
Para la Comisión Nacional del Mercado y la Competencia, queda claro que ANELE, así como las editoriales Grupo Anaya, Grupos Santillana, Grupo SM y Oxford University Press (OUP) «han sido las líderes, pues han tenido un papel preeminente en la toma de decisiones y han participado activamente y desde sus inicios en la Comisión de Supervisión» del Código de Conducta en relación al desarrollo de dicho código.
Junto a estas, otras como Edelvives, Edebé, McMillan, Mc Gray Hill, Pearson, Teide y Byme apoyaron dicho código y participaron de los mecanismos de control y presión «para disciplinar a los competidores», aunque sin formar parte de la Comisión de Supervisión.
Además, existe un tercer grupo conocedor de las infracciones pero con una participación menor en los hechos. Editex, Grupo Bromera y Laberinto formarían este grupo.
En lo que respecta al libro digital, la Comisión de Competencia asegura que ANELE, Grupo Anaya, Grupos Santillana y Grupo SM asistieron a todas las reuniones del Comité Técnico y tuvieron un papel activo «en la homogeneización de condiciones comerciales».
Edebé, McMillan, Mc Graw Hill, PEarson, Teido y OUP no estuvieron en todas las reuniones del Comité Técnico, pero sí lo hicieron, asegura CNMC, en «aquellas en las que se han tratado los aspectos más problemáticos de la conducta».
La CNMC considera que ANELE ha tenido un «papel fundamental» como promotora del Código de Conducta. Además » ha potenciado y permitido su aplicación efectiva y la extensión de su alcance». A esto se suma que «al menos desde 2009», la asociación ha intentado la coordinación de sus asociados para restringir determinadas políticas comerciales de promoción del sector.
«ANELE coordinabalos diferentes instrumentos comerciales que iban a eliminarse o limitarse en aplicación del CDC. ANELE era consciente de que existía una motivación económica y de preservación del statu quo en el desarrollo y aplicación del CDC», asegura la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.
La Asociación también tuvo un papel determinante en relación a las medidas de presión. Primero, acudiendo a un bufete de abogados para la redacción de las cartas que eran enviadas a centros educativos, instituciones educativas y editoriales. Segúndo, las misivas eran enviadas en nombre de ANELE y con la firma de su presidente, José Moyano, con lo que la asociación asumía la responsabilidad de lo escrito, entre lo que se incluían acusaciones a empresas y centros de unposible delito de cohecho.
La Comisión de la Competencia considera probado que ANELE iba más allá de sus funciones presionando a editoriales que no estaban adheridas a su código de conducta y que, por lo tanto, no tenían por qué seguir sus indicaciones.
«Sin la cooperación necesaria y organización de ANELE», asegura la CNMC, no podría haberse desarrollado y aplicado las diferentes infracciones condenadas según el Código de Conducta.
Lo mismo ocurre en relación al libro digital. En esta falta la Comisión de la Competencia también entiende que ANELE ha jugado un papel importante, primero, con la formación del Comité Técnico y la estructura que permitió los acuerdos sobre la comercialización de dichos libros.
Señala la Comisión que «queda acreditado que la asociación auspició, coordinó y estimuló la toma de todas las decisiones en torno al acuerdo de las editoriales de libros de texto españolas sobre condiciones comerciales, incluyendo precios, para el libro de texto digital».
En el caso de los libros digitales, a Comisión de Cometencia considera acreditado que esta actuaciónpor parte de ANELE se produjo desde abril de 2014 hasta febrero de 2017.
Sanciones
La Comisión nacional de los Mercados y la Competencia Ha impuesto una serie de multas. Por una parte estas por las actuaciones relacionadas con el Código de Conducta:
Por otra parte, estas son las sanciones relacionadas con las acciones llevadas a cabo sobre el libro digital:
Resolución completa de la Comunsion Nacional de los Mercados y la Competencia.